Accionar Político, Santo Domingo, R.D.- El Tribunal Superior Electoral (TSE), mediante el Auto Núm. TSE-010-2025, admitió la demanda en nulidad interpuesta por el dirigente político Eleuterio Abad Santos, miembro del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), y fijó audiencia para conocer el fondo de la misma.
La acción fue presentada contra el numeral 3 del acta núm. 3, de fecha 3 de marzo de 2025, emitida por el Comité Político del PLD, por presunta violación a principios fundamentales del derecho electoral, la democracia interna y los propios Estatutos del partido.
En ese sentido, el Tribunal fijó audiencia para el martes 29 de abril de 2025, a las 9:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias Públicas del TSE, ubicada en el quinto piso del edificio institucional de la avenida Jiménez Moya, esquina Juan de Dios Ventura Simó, en el Distrito Nacional.
En el referido auto, el Tribunal señala:
“Visto: La supra indicada instancia, con sus respectivos anexos.”
“RESUELVE: PRIMERO: FIJA para el día martes veintinueve (29) del mes de abril del año dos mil veinticinco (2025)… para conocer sobre la Demanda en nulidad, interpuesta por el ciudadano Eleuterio Abad Santos.”
Esta admisión formal confirma que la demanda ha superado los requisitos procesales y será conocida en audiencia pública, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral, la Ley 33-18 y la Ley 20-23.
Eleuterio Abad Santos ha sostenido que la resolución impugnada carece de legitimidad, al haberse aprobado sin el consenso de los aspirantes presidenciales, sin un reglamento aprobado, y en un momento procesal extemporáneo.
Dicha convocatoria de inscripción de aspirantes viola directamente la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, así como la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, al apartarse del calendario legal y de los principios de equidad, legalidad y transparencia que deben regir toda competencia interna.
